Un divorcio puede terminar un matrimonio pero no siempre da como resultado una libertad total respecto del excónyuge, particularmente si la pareja tuvo hijos juntos. Por ejemplo, después de que ha finalizado un divorcio y el arreglo de la custodia ha sido convenido, un cónyuge puede decidir cambiarse de Estado. La decisión puede tomarse por una serie de razones válidas e importantes, tales como un mejor empleo o estar más cerca de la familia. Sin embargo, si el progenitor desea cambiar a los niños fuera del Estado mientras el otro progenitor permanece en el Estado y objeta el cambio, entonces el progenitor custodio debe presentar este asunto ante el tribunal y dejarle que decida si el cambio debe tener lugar.
Cada Estado tiene sus propios ordenamientos y/o el derecho común al respecto, sobre cuándo un progenitor custodio puede cambiarse fuera del Estado. Esas leyes establecen diferentes lineamientos a los jueces que deben tomar la decisión acerca de si un hijo debe cambiarse con el otro progenitor. Aunque los detalles de las leyes varían de Estado a Estado, el fondo principal es el mismo e incluye:
· La Clase de Arreglo que Exista Sobre la Custodia: el tribunal considerará los arreglos sobre la custodia del hijo. Si existe una custodia física compartida, entonces puede ser más difícil que un progenitor cambie a un hijo fuera del Estado. Sin embargo, si solamente un progenitor tiene la custodia física y el otro tiene derechos limitados de visita, entonces el tribunal puede estar más dispuesto a permitir el cambio fuera del Estado.
· Equilibrando la libertad de un adulto con la relación paternal del otro progenitor: El tribunal tiene la obligación de tomar decisiones que sean para el mejor interés del hijo. Aunque los intereses del progenitor no sean de significación, es la relación del hijo con ambos progenitores la suprema preocupación del tribunal.
· Cómo Puede Mitigarse El Efecto del Cambio en la Relación Paternal con el Hijo: el tribunal puede considerar el efecto que en la práctica, tendrá en la relación paternal con el hijo y cómo cualquier efecto negativo puede ser minimizado. Por ejemplo, el tribunal considerará la proximidad del otro Estado a donde se realizará el cambio. Un cambio de la ciudad de New York a San Francisco puede negarse. Debido a que el cambio del progenitor puede hacer posible la visita regular o los arreglos de custodia compartida en una localidad en New Jersey, pero no en California. El tribunal también puede considerar la frecuencia con la que las visitas tendrán lugar, y a cargo de quien estarán esas visitas así como otros planes para la comunicación regular entre el hijo y el progenitor.
· Consideraciones Especiales: Un tribunal también puede considerar cualesquiera necesidades del progenitor o del hijo al tomar su determinación. Si el progenitor o el hijo necesitan cuidados médicos especiales, por ejemplo, o si el cambio es temporal para el tratamiento de una discapacidad, entonces el tribunal puede estar mejor dispuesto a que el hijo salga del Estado.
· Edad y Preferencia del Hijo: Los hijos mayores, particularmente los quinceañeros, pueden dar a conocer sus preferencias al tribunal y dichas preferencias pueden influir en la decisión del tribunal.
La principal responsabilidad del tribunal es considerar cuál es el mejor interés del hijo. Aunque los deseos y razones de los progenitores para apoyar u oponerse a cambiar de Estado no sean inconsecuentes, tampoco son de primera importancia. En consecuencia, cualquier progenitor que desee cambiar a un hijo fuera del Estado sin el acuerdo del otro progenitor, debe prepararse para argumentar que es para el mejor interés del hijo tomando en cuenta los lineamientos delineados anteriormente.