Aunque los plazos de ejecución hipotecaria varían en los estados, el Departamento de Desarrollo Urbano y Alojamiento de los E. U. ofrece los siguientes plazos de eventos involucrados en la pérdida de su casa:
Primer mes de falta de pago – su prestamista lo contactará mediante una carta o por teléfono. Un consejero en alojamientos puede ayudar.
Segundo mes de falta de pago – su prestamista empezará a llamarlo para discutir la razón por la cual usted no ha hecho sus pagos. Es importante que usted tome sus llamadas. Hable con su prestamista y explíquele su situación y qué está tratando de hacer para resolverla. En este momento, usted todavía puede hacer un pago para evitar que se le junten tres pagos atrasados. Un consejero en alojamientos puede ayudar.
Tercer mes de falta de pago – después de quedar sin cubrir el tercer pago, recibirá una carta de su prestamista indicando la cantidad que adeuda, y que tiene 30 días para poner al corriente su hipoteca. Esto es llamado “Carta de Demanda” o “Aviso para Acelerar el Pago". Si usted no cubre la cantidad especificada o no hace alguna clase de arreglo en una fecha dada, el prestamista puede empezar los procedimientos de la ejecución hipotecaria. Si usted recibe esta carta, es improbable que acepte menos del total debido sin haber llegado previamente a un arreglo. Usted todavía tiene tiempo para hacer algo con su prestamista. Un consejero en alojamientos puede ayudar.
Cuarto mes de falta de pago – ahora usted está cerca del final del plazo permitido en su Carta de Demanda o Aviso para Acelerar el Pago. Cuando finalizan los 30 días, si usted no ha pagado la cantidad total o hecho algún arreglo con el prestamista, será turnado su caso a los abogados del prestamista. Usted incurrirá en todos los honorarios del abogado como parte de su atraso. Un consejero en alojamiento puede ayudar.
Venta por el Síndico Público o el Sheriff – el abogado programará una Venta. Este es de hecho el día de la ejecución hipotecaria. Usted puede ser notificado de la venta por correo, un aviso pegado a su puerta, y la venta puede ser anunciada en un periódico local. El tiempo entre la Carta de Demanda o del Aviso para Acelerar el Pago y la fecha de la Venta varía en cada Estado. En algunos estados puede ser tan pronto como 2 a 3 meses. Esta fecha no es para desalojar, pero el fin está cerca. Usted tiene hasta la fecha de la venta para hacer arreglos con su prestamista, o pagar el total de la cantidad adeudada, incluyendo los honorarios del abogado.
Período de Redención – después de la fecha de la venta, usted puede acceder a un período de redención. Se le notificará su margen de tiempo en el mismo aviso que su Estado utilice para la Venta por el Síndico Público o Sheriff.