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¿Qué debo hacer si la escuela discrimina a mi hijo discapacitado?

By: LawInfo
Published: 05/2009

Existen leyes federales que protegen a su hijo discapacitado de la discriminación de parte de su escuela. Los padres de hijos discapacitados deben estar advertidos de estas leyes a fin de prevenir cualquier discriminación contra sus hijos basada en su discapacidad. Al instruirse usted sobre estas leyes, usted puede asegurar que la escuela esté cumpliendo con los requisitos de estas leyes anti-discriminatorias, así como proteger a su hijo de ser objeto de discriminación.

Primero, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación es una ley de derechos civiles que previene que las escuelas hagan discriminación contra estudiantes con base en sus discapacidades. La Sección 504 requiere que las escuelas proporcionen un acceso en condiciones de igualdad para todos los niños, incluyendo a los niños discapacitados, proporcionándoles los arreglos, modificaciones y otros servicios que requieran. Aunque la Sección 504 no requiere que las escuelas desarrollen Planes de Educación Individualizada para cada niño, exige que las escuelas tomen las medidas necesarias para que los niños discapacitados tengan el mismo acceso educativo que los niños que no están discapacitados. De manera muy importante, la Sección 504 no es opcional para las escuelas. Puede haber repercusiones para una escuela que no cumpla con la Sección 504.

Por ejemplo, algunos niños con discapacidades deben perder la escuela sobre una base regular, debido a enfermedad u otras cuestiones médicas. Estos niños tienen derecho a los planes de la Sección 504 que subsanarán las ausencias, permitiéndoles terminar los requisitos educativos que necesiten para progresar en la escuela. Si este es el caso de su hijo, usted debe proporcionar a la escuela la documentación médica necesaria para justificar las ausencias, y desarrollar un plan con la escuela de tal manera que su hijo pueda continuar recibiendo la educación apropiada.

Aun más, la Ley sobre Americanos con Discapacidad (ADA) también se aplica a los niños con discapacidad. La Sección 504 esencialmente refleja muchas de las disposiciones de la ADA colocándolas en el contexto de los programas que reciben fondos federales, como las escuelas. Tanto la Sección 504 como la ADA requieren que las escuelas proporcionen a los niños con discapacidades los arreglos razonables a fin de que puedan recibir la misma educación que se imparte a los niños sin discapacidades. Desde luego, lo que es “razonable” depende de las circunstancias, y toma en cuenta factores tales como el tamaño de la escuela, recursos disponibles, costos, y cosas similares que de proveer los arreglos solicitados podrían afectar las operaciones normales.

Si usted cree que su escuela está discriminando a su hijo discapacitado de manera que viole la Sección 504 y/o la ADA, usted deseará primero sentarse a discutir sus preocupaciones con los administradores de la escuela. No se requiere que usted haga este contacto con la escuela, pero, ciertamente, bien vale la pena intentarlo si hay una oportunidad para que pueda resolver el asunto sin necesidad de recurrir a otra acción. Si las discusiones informales no resuelven el problema, entonces usted tiene la opción de presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles (OCR), que forma parte del Departamento de Educación de los E. U. La meta fundamental de la OCR es trabajar con la escuela para llegar a un acuerdo que modifique sus acciones discriminatorias a fin de dar cumplimiento a las leyes anti-discriminatorias. Sin embargo, tenga presente que, generalmente, debe presentar una queja ante la OCR dentro de 180 días contados a partir de la fecha en que tuvo lugar la discriminación; este plazo puede ser extendido bajo algunas circunstancias, pero usted debe hacer todo lo posible por cumplir dentro del plazo.

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