Sus Activos y la Quiebra Preguntas Frecuentes
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Q:
Si me declaré en quiebra de acuerdo con el Capítulo 7, ¿podré conservar algunas de mis propiedades?
A: En general, la quiebra del Capítulo 7 obliga a entregar toda su propiedad que no esté exenta. La propiedad exenta se define por la ley estatal y es … Más -
Q:
¿Perderé mi casa, automóvil y otras propiedades personales?
A: No necesariamente, cada Estado tiene leyes que determinan cuales objetos ó propiedades se encuentran exentos de la posibilidad de que se los quiten al deudor. … Más -
Q:
¿Se me requerirá vender mis activos?
A: Sí. Una buena parte de sus propiedades que son consideradas una necesidad no serán afectadas, pero declararse en quiebra (de acuerdo con el … Más -
Q:
¿Puedo transferir mis activos a un amigo o a un fideicomiso de vivos antes de declararme en quiebra?
A: Este tipo de transferencias puede considerarse fraudulento y su fideicomisario del Capítulo 7 puede recuperar la propiedad dentro de un año de la … Más -
Q:
¿Qué son exclusiones?
A: 11 U.S.C. º 522(b) permite a un deudor individual excluir de la propiedad que integra el patrimonio, propiedades inmuebles, personales ó intangibles. La … Más -
Q:
¿Qué es redención?
A: La redención permite al deudor persona física (no a una sociedad ó a una corporación) conservar la propiedad personal tangible destinada … Más
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